El CTCR pone en valor las altas capacidades de sus laboratorios, como Organismo Notificado

La jornada celebrada hoy en el Centro Tecnológico de La Rioja ha puesto el foco en el uso apropiado de los equipos de protección individual, para lo cual han tomado la palabra expertos en este ámbito y técnicos del Departamento de Equipos de Protección Individual del Centro Nacional de Medios de Protección: la directora del Departamento de Equipos de Protección Individual del Centro Nacional de Medios de Protección (INSST), Sara Sierra; el responsable del departamento de Equipos de Protección Individual, en el Centro Nacional de Medios de Protección (INSST), Jaime Núñez Rengel; y el gerente y el Jefe de Ventas del Grupo Sagar, Jesús Saseta y Hugo Cordero, respectivamente.

Al respecto, nuestra directora de Laboratorio del CTCR, Leticia Sanz ha puesto en valor las altas capacidades de nuestro peresonal técnico en su dia a dia para la certificación de EPI.  Concretamente, el CTCR trabaja conforme al Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual (EPI) y a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065, donde somos Organismo Notificado NB 2779 para el marcado CE de los siguientes productos:

• Calzado de protección
• Máscaras de protección
• Ropa de protección
• Guantes de protección

Asimismo, la subdirectora General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, Pilar Simón, ha inaugurado la jornada, mientras que la consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, Belinda León, la ha clausurado.

Por su parte, la revisión del reglamento EPI 2016/425, teniendo en cuenta la modificación del Real Decreto 773/97, la vigilancia del mercado, el portal EPI del INSST, la certificación, la fabricación de calzado de seguridad y la comercialización de los equipos de protección individual han centrado las ponencias.

Protección ante amenazas para la seguridad y la salud del trabajador

Los equipos de protección individual (EPIs) son aquellos destinados a ser llevados o sujetados por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos, que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Deben utilizarse cuando los riesgos no puedan evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. Es decir, constituyen el recurso final de la cadena preventiva.

El empresario debe proporcionar a sus trabajadores los EPIs necesarios para el desempeño de sus funciones y velar por el efectivo uso de los mismos, cuando éstos sean necesarios. Los trabajadores, por su parte, deben utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste; e informar de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciable en un EPI.

Los EPIs son de uso individual y su distribución debe ser personalizada, ya que deben ajustarse a las características de cada individuo. Antes de utilizarlos, cada usuario debe recibir información y formación sobre los equipos que se le entregan (cursos, reuniones, instrucciones escritas personales, etc.), así como en qué momento se deben usar.

 

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