La finalidad de una medición acústica, es determinar si los niveles acústicos se ajustan a los umbrales de ruido que marcan las diferentes legislaciones; de los municipios (reflejadas en ordenanzas contra la contaminación acústica), en las normativas autonómicas o nacionales en materia de protección acústica y en las Normas internacionales UNE-EN ISO.
La reglamentación de calidad ambiental (ISO 14001, EMAS…) obliga a realizar mediciones acústicas periódicas en algunos puntos especialmente sensibles. Lo exigen los diferentes procedimientos para conseguir o renovar estas acreditaciones ambientales.
Además de esta reglamentación, si queremos cumplir la ley, deberemos tener en cuenta:
A nivel europeo:
• Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental (la «Directiva sobre Ruido Ambiental»).
A nivel estatal:
• Ley 37/2003, de 27 de noviembre, del Ruido.
• Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental
• Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas
A nivel de municipios:
• Ordenanza de Protección del Medio Ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones en la Ciudad de Logroño.
• Ordenanza Municipal Para La Protección Del Medio Ambiente Contra La Emisión De Ruidos Y Vibraciones (Arnedo)
• Ordenanza Municipal sobre ruido y vibraciones del ayuntamiento de Calahorra.
• Ordenanza sobre el control de contaminación por ruidos y vibraciones (Ayuntamiento de Quel).
• Etc.
El CTCR, elabora informes de ruido exterior tras la toma de mediciones, y proporciona asesoramiento a aquellas empresas que les es necesaria la toma de medidas correctoras para que la productividad no afecte al entorno.
La planificación urbanística y desarrollo de infraestructuras de la zona, son tenidas en cuenta a la hora de realizar las mediciones acústicas ya que el impacto ambiental puede ser mayor en los alrededores que en la propia empresa, generando un incumplimiento de la legislación por causas ajenas a las instalaciones.
Es importante realizar mediciones para la comprobación del exhaustivo cumplimiento de la normativa, ya que las Comunidades Autónomas, cada vez dan más importancia a los aspectos ambientales y pueden realizar inspecciones para comprobar las emisiones de ruido, sancionando a éstas con hasta 300000 € de multa o clausura temporal o definitiva de las instalaciones.
El CTCR comprueba los dB emitidos controlando que no superen los límites legales y vela por:
• La salud de la población ya que es un bien de interés público tutelado por el Estado.
• Que toda persona tenga derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
• Que toda persona, natural o jurídica quede sujeta a los mandatos de la Ley.
• Toda persona natural o jurídica, está obligada a contribuir a la promoción y mantenimiento de las condiciones del medio ambiente natural y de los ambientes artificiales que permitan llenar las necesidades vitales y de salud de la población.
El CTCR dispone de un equipo de profesionales y de los recursos técnicos necesarios para la realización de mediciones acústicas para el cumplimiento por parte de las empresas de los límites legislados.
Puede obtener más información poniéndose en contacto con Marta Calvo Robles, Responsable del Departamento de Calidad y Medioambiente: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.